Fecoht Informa

Fecoht Informa

26 agosto 2010

Claves de la reforma laboral. (fuente: público.es)

¿Cómo quedan las causas de despido?

Las causas de despido no se han modificado en el Senado respecto al texto que salió del Congreso. Las empresas podrán despedir por causas objetivas (con una indemnización de 20 días por año trabajado) si registran pérdidas o por una caída "persistente" de los ingresos que pueda afectar su viabilidad. Se ha eliminado como causa de despido que el absentismo laboral global de una empresa llegue al 2,5%, pero continúa como motivo de despido que el empleado falte a su puesto un 20% de los días durante dos meses o el 25% de los días en cuatro meses.

¿Qué pasa con las sanciones a los desempleados?

El PSOE consiguió sacar adelante, con el apoyo de todos los grupos incluido el PP, la enmienda para reducir el tiempo en el que las personas paradas pueden rechazar acciones de formación. Si hasta ahora, este periodo era de 100 días, a partir de ahora será de 30 días. Nada dice, sin embargo, del rechazo de las ofertas de empleo. De hecho, la Ley General de la Seguridad Social y la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social ya contemplan sanciones en estos casos. A la enmienda se ha incorporado la propuesta del PP para que la participación en estas acciones por parte de un parado "se correspondan con su profesión habitual o sus aptitudes formativas según lo determinado en el itinerario de inversión".

¿Cómo queda la conversión de temporales?

El Estatuto de los Trabajadores recoge que los contratos de una determinada duración no podrán encadenarse más de tres años, prorrogables a otro más según convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Una enmienda del PNV aprobada ayer dice que transcurridos estos plazos, "los trabajadores que hayan realizado idéntica actividad y en el mismo puesto de trabajo adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa".

¿Y el paro a tiempo parcial?

Otra enmienda establece que la prestación de paro a tiempo parcial (que reciben aquellos a quien han reducido su jornada y sueldo) se calculará por horas y no por días: "El porcentaje consumido será equivalente al de reducción de jornada autorizada".

¿Hay cambios en el salario en especie?

Sí. El Senado aprobó ayer la enmienda socialista que establece que las empleadas del hogar, así como el resto de trabajadores que pueden recibir parte de su salario en especie, cobren como sueldo al menos el salario mínimo interprofesional, que era de 633 euros para 2010.

¿Hay cambios en las agencias de colocación?

El Congreso ya aprobó la eliminación de las restricciones al trabajo de las empresas privadas de colocación a partir de 2011, salvo las limitaciones que se establezcan a partir de entonces. El Senado les atribuye competencias propias de los servicios públicos de empleo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario